A partir de una causa de prisión perpetua condenaron a este
hombre Eduardo Vaquez es un músico argentino,
ex-baterista de la banda de rock Callejeros.
Integró la banda hasta el mes abril de 2010 cuando
fue expulsado de la banda debido al escándalo que protagonizó junto a su esposa Wanda Taddei, siendo acusado de provocarle quemaduras que le
ocasionaron la muerte.
La Cámara de Casación aumentó la pena original a la que se
había condenado al ex baterista de Callejeros; le imputaron el delito de
homicidio agravado por el vínculo; los fundamentos del fallo:
-El Tribunal
Oral en lo Criminal Nº 20 había
considerado que Vázquez actuó en estado de emoción violenta durante una discusión con su pareja, que derivó en la muerte de Wanda.
Sin embargo, para Casación esto no fue así, por lo que descartaron atenuantes y
le imputaron al ex baterista de Callejeros el delito de homicidio agravado por
el vínculo.
-La versión de Vázquez
sostenía que durante la pelea, Wanda había cortado la luz. La defensa argumentó
que un evento así podría haberle provocado a Vázquez una alteración vinculada
al stress post traumático que tendría el acusado debido al episodio vivido
durante la tragedia de Cromañón .
Vázquez
había declarado que esa madrugada "como hacía mucho calor, buscó de la
pieza el ventilador y lo enchufó. Pasados dos o tres minutos ella [Wanda] le
cortó la luz desde el general de la casa. Él se quedó cabizbajo, las cuestiones
de Cromañón le quedaron como traumas, y al ser una casa oscura, fue tanteando y
diciéndole que por favor levante la luz, que no lo jodiera con eso porque le
hacía mal. Entonces ella le dio la luz, y él agarro el ventilador y se lo llevó
de nuevo a la pieza". Según él, Wanda "estaba muy enojada, él quiso
abrazarla pero lo sacaba, en alguna ocasión le revoleó alguna cosa, su
intención era no dejarlo dormir". Le versión de Vázquez es que "la
última vez que la vio [a Wanda] se le puso de frente con la botella de alcohol
que, según cree, habrá sido lo primero que encontró en el camino, y con eso
atinó a pegarle en la cabeza".
Si bien el TOC 20 había dado por acreditado el corte de luz,
para los jueces de Cámara no hay elementos en la causa que permitan probarlo.
Los camaristas se basan, entre otros elementos, en que si
hubiera habido algún corte de electricidad, el reloj del microondas que había
en la casa marcaría "00:00" como sucede ante un corte de luz. Sin
embargo, en las fotografías incorporadas al expediente, el reloj aparece en
hora.
Los
jueces de Casación entienden que, incluso si se considerara verosímil la
hipótesis del corte del suministro eléctrico, "no hay constancia alguna,
ni razonamiento expreso en la sentencia, que autorice a concluir que esa
oscuridad, tenida por acreditada por el tribunal de juicio, en el citado
contexto de conflicto instalado en la pareja, haya conformado un estímulo
externo que muestre a la emoción violenta pretendida como algo comprensible,
excusable"
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