jueves, 31 de diciembre de 2009
IGUALDAD y MALTRATO CERO! SIN DISCRIMINAR SEXO, COLOR y EDAD
Si pedimos a un adulto -cuyos padres no tuvieron un matrimonio feliz- que describa los recuerdos de su niñez, es probable que escuchemos historias de tristeza, confusión, falsas esperanzas y amargura. Sus padres pueden haber divorciado, o haber sido esas parejas que sólo seguían juntos "por el bien de los niños".
No importa si una pareja está casada, si una pareja está casada, cuando una madre y un padre muestran hostilidad y desprecio el uno hacia el otro, sus hijos sufren. Esto ocurre porque el desarrollo de un matrimonio -o un divorcio- crea una especie de "ecología emocional" para los niños.
Así como un árbol se ve afectado por la calidad del aire, el agua
y el suelo en su medio, la salud emocional de los niños está determinada
por la calidad de las relaciones íntimas que los rodean.
Sus interacciones como padres, influyen en las actitudes y logros de sus hijos, la capacidad para regular sus emociones para llevarse bien con los demás. En general, cuando los padres se preocupan y se apoyan mutuamente, la felicidad emocional aflora en los hijos. Pero los niños que está constantemente expuestos a la hostilidad que existe entre sus padres, pueden toparse con riesgos que ni siquiera son capaces de advertir.
No hay ninguna duda de que los niños se sienten afligidos cuando son testigos de las peleas de los padres. Sus reacciones varían entre: el llanto, quedarse inmóviles, tensionados, taparse los oídos, esconderse (o por lo menos taparse los ojos, creyendo que así dejará de existir tan terrible escena).
Incluso los niños más pequeños, reaccionan ante las discusiones de los adultos con cambios fisiológicos tales como el aumento del ritmo cardíaco y la presión sanguínea. El estrés de vivir con el conflicto de los padres puede afectar el desarrollo del sistema nervioso autónomo de un pequeño, el cual determina la capacidad del niño para resolver problemas.
Los hijos de las parejas muy conflictivas obtienen clasificaciones más bajas. "La gran tragedia educativa de nuestro tiempo es que muchos niños están fracasando en la escuela, no por problemas intelectuales o físicos, sino por sus "desequilibrios" emocionales, producto del ejemplo emocional que reciben en el seno de sus hogares".
Los niños educados por padres cuyos matrimonios se caracterizan por la crítica, la posición defensiva y el desprecio, tienen muchas más probabilidades de mostrar una conducta antisocial y agresiva hacia sus compañeros de juego. Tienen mayores dificultades para regular sus emociones, concentrar su atención y calmarse a sí mismos cuando se sienten perturbados. También, el "maltrato emocional " recibido por un niño puede manifestarse en problemas de salud, que pueden ir desde tos y resfríos hasta llegar a cuadros de estrés crónico.
Aunque esto puede resultar perturbador para los padres que están experimentando un conflicto matrimonial, hay esperanzas.
En especial para las parejas de padres (casados o divorciados) que se sientan motivadas por cuidar y dar un buen ejemplo a sus hijos.
La primera y más importante lección que una pareja de padres debe aprender es:
No es el conflicto entre los padres, en sí mismo, lo que resulta tan perjudicial
para los niños, sino la forma en que los padres manejan sus disputas.
A menudo, las discusiones, los enfrentamientos y las disputas, dejan a los padres demasiado agotados y disponen así de menos tiempo y energía para dedicar a sus hijos. Estar presentes, desde el punto de vista emocional, ayudándolos a enfrentar los sentimientos negativos, escuchándolos y guiándolos durante los períodos de estrés familiar, hace que los hijos se sientan protegidos contra muchos de los efectos perjudiciales de la agitación familiar, incluído el divorcio.
El divorcio no es necesariamente lo que perjudica a los niños, sino más bien la intensa hostilidad y la mala comunicación que puede desarrollarse entre madres y padres, ya que éstas pueden continuar aún después del divorcio.
Las formas adecuadas de abordar los conflictos entre padres, pueden ser aprendidas por ellos mediante una correcta "capacitación emocional", un amortiguador probado contra los efectos perniciosos de los conflictos matrimoniales y familiares en general.
Los padres cuyos matrimonios son insatisfactorios, ofrecen un mal ejemplo a sus hijos sobre la forma de relacionarse con los demás. Los niños que son testigos de la agresividad, beligerancia o desprecio de sus padres entre sí, tienen más probabilidades de mostrar esta misma conducta en sus relaciones con sus amigos.
Al carecer de modelos que les enseñen cómo escuchar con empatía y resolver los problemas en forma cooperativa, los niños siguen el libreto que sus padres les han enseñado, un libreto que afirma que la hostilidad y la actitud defensiva son respuestas adecuadas para el conflicto que la gente agresiva consigue lo que quiere.
Por Rosita Fernandez
Psicología Clínica
Psicología Forense ( en curso )
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miércoles, 23 de diciembre de 2009
La última orgía
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Cuenta la Biblia que el hijo pródigo, después de haber despilfarrado su herencia en incontables orgías, decidió volver a casa una mañana para pedirle perdón a su padre. ¿Es irrazonable suponer que la noche anterior a su regreso el hijo pródigo había caído en la peor de sus orgías y que fue sólo entonces, cuando advirtió hasta dónde había llegado su desvarío, que acudió al mecanismo salvador del arrepentimiento? Esta conjetura se funda en la comprobación de que a veces el camino del mal "necesita", por así decirlo, precipitarse en un abismo tan hondo que sólo después resulte posible la conversión
¿Es aplicable esta metáfora al rápido sobreseimiento que acaba de concederles el juez Oyarbide a los esposos Kirchner en la causa que se les había iniciado por enriquecimiento ilícito? La reacción social ante este nuevo ejemplo de impunidad ha sido de un total descreimiento, apenas atenuado por la débil esperanza de que la insólita decisión de Oyarbide llegue a corregirse en un tribunal de alzada. La distancia entre lo que cree la gente y lo que dicen algunos jueces, sobre todo los jueces federales de primera instancia, en torno de las vastas sospechas de corrupción que rodean al matrimonio presidencial ha llegado, con este caso, a un límite insuperable.
Incluso cuando se les inició el proceso de enriquecimiento ilícito por su declaración jurada en la que los Kitchner reconocían un incremento sin paralelo de su situación patrimonial, muchos supusieron que ese incremento , de "apenas" unas decenas de millones, es una suma ridícula en comparación con la suma que podría resultar de ser ciertas las conexiones financieras que se les atribuyen con los llamados "amigos del poder". La impunidad que acaba de otorgarles Oyarbide en relación con aquella "pequeña" suma no ha hecho más que ahondar la impresión de los "descreídos" de que nos hallamos ante un doble caso de impunidad, desde la suma que rodea a su declaración patrimonial hasta aquella otra, incomparable, que acompaña a la imaginación de los "mal pensados".
Por eso no debe asombrarnos que ya se hayan planteado en la Cámara de Diputados iniciativas conducentes al juicio político del magistrado bajo sospecha. No parece desatinada en este sentido la suposición de que lo que "apuró" a Oyarbide hacia su precipitada sentencia haya sido no sólo el juicio político que vislumbraba sino también la inminente reforma del único órgano aún más sospechado que él: el Consejo de la Magistratura. Este abuso final de la denunciada connivencia entre el Gobierno y segmentos del sistema judicial, de la que no saldría indemne ni siquiera el cuerpo de contadores de la Suprema Corte del cual ella misma sospecha, ¿resultará finalmente comparable a la última orgía del hijo pródigo?
Por Mariano Grondona
Especial para lanacion.com
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martes, 22 de diciembre de 2009
lunes, 21 de diciembre de 2009
La Ley Celiaca
Video hecho por los celíacos de Argentina especialmente para los actos del 5 de Mayo de 2009 que se llevaron a cabo en distintos lugares del país.
Es totalmente libre (y deseable) la reproducción del mismo en cualquier medio de acceso gratuito.
Video made by Argentine coeliacs, specially for the May 5th meetings that took place all along Argentina.
You can (hopefully, you'll do) reproduce it by means of any media freely available.
Diciembre 2009
1. Artículo 1°- Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnostico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
2. Art. 2°.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Nación.
3. Art. 3°.- La autoridad de aplicación debe determinar la cantidad de gluten de trigo, de avena, de cebada o de centeno (T.A.C.C.) que contengan por unidad de medida de los productos alimenticios para ser clasificados libres de gluten.
En la medida que las técnicas de detección lo permitan la Autoridad de Aplicación fijará la disminuciòn paulatina de la toxicidad.
4. Art. 4°.- Los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, deben llevar impresos en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, la leyenda “libre de gluten” y el símbolo que establezca la autoridad de aplicación.
5. Art. 5°.- El Ministerio de Salud debe llevar un registro de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, que actualizará en forma bimestral y publicará una vez al año, por los medios que determine la autoridad de aplicación.
6. Art. 6°.- La autoridad de aplicación debe promover el cumplimiento de las condiciones de Buenas Prácticas de Manufactura para la elaboración y el control de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, coordinando acciones con los laboratorios de bromatología.
7. Art. 7º.- Los productores e importadores de productos alimenticios destinados a celíacos deben acreditar para su comercialización en el país la condición de “libre de gluten”, conforme lo dispuesto en el artículo 3º.
8. Art. 8º.- Los productores, importadores o cualquier otra persona física o jurídica que comercialice productos alimenticios que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º, deben difundirlos, publicitarlos o promocionarlos acompañando a la publicidad o difusión la leyenda “libre de gluten”. Si la forma de difusión, publicidad o promoción lo permiten, la leyenda debe ser informada visual y sonoramente.
9. Art. 9º.- Las Obras Sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación , la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación , las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con Celiaquía, que comprende la detección, el diagnostico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libres de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación.
10. Art. 10º.- El Ministerio de Desarrollo Social debe promover acuerdos con las autoridades jurisdiccionales, para la provisión de las harinas y premezclas libres de gluten a todas las personas con Celiaquía que no estén comprendidas en el artículo 9º de la presente ley, conforme lo establezca la reglamentación.
11. Art. 11.- El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y las Universidades integrantes del Sistema Universitario Nacional, debe promover la investigación sobre la Celiaquía, con el objeto de mejorar los métodos para la detección temprana, el diagnóstico, y el tratamiento de la enfermedad. El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, debe desarrollar programas de difusión en los ámbitos educativos, con el objeto de promover la concientización sobre la Celiaquía y con los organismos públicos nacionales competentes promover medidas de incentivo para el acceso a los alimentos libres de gluten.
12. Art. 12.- El Poder Ejecutivo debe adaptar las disposiciones del Código Alimentario Argentino a lo establecido por la presente ley en el plazo de NOVENTA (90) días de su publicación oficial.
13. Art. 13.- Serán consideradas infracciones a la presente ley las siguientes conductas:
a) La impresión de la leyenda “libre de gluten” en envases o envoltorios de productos alimenticios que no cumplan con lo previsto en el artículo 3º de la presente ley;
b) El incumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufacturas que se establezcan para la elaboración y el control de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º;
c) Cualquier forma de difusión, publicidad o promoción como “libre de gluten”, de productos alimenticios que no cumplan con lo dispuesto en el artículo 3º;
d) La falta de prestación total o parcial de la cobertura asistencial prevista en el artículo 9º , por parte de las entidades allí mencionadas;
e) El ocultamiento o la negación de la información que requiera la autoridad de aplicación en su función de control;
f) Las acciones u omisiones a cualquiera de las obligaciones establecidas, cometidas en infracción a la presente ley y sus reglamentaciones que no estén mencionadas en los incisos anteriores.
14. Art. 14.- Las infracciones a la presente ley, serán sancionados con:
a) apercibimiento;
b) publicación de la resolución que dispone la sanción en un medio de difusión masivo, conforme lo determine la reglamentación;
c) multa que debe ser actualizada por el Poder Ejecutivo Nacional en forma anual conforme al índice de precios oficial del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos – INDEC –, desde PESOS MIL ($ 1000) a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), susceptible de ser aumentada hasta el décuplo en caso de reincidencia;
d) Suspensión del establecimiento por el término de hasta un (1) año;
e) Clausura del establecimiento de uno (1) a cinco (5) años; y
f) Suspensión de la publicidad hasta su adecuación con lo previsto en la presente ley.
Estas sanciones serán reguladas en forma gradual y acumulativa teniendo en cuenta las circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la infracción, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales, a que hubiere lugar. El producido de las multas se destinará a las campañas de difusión y capacitación establecidas en la presente ley.
15. Art. 15.- La autoridad de aplicación de la presente ley debe establecer el procedimiento administrativo a aplicar en su jurisdicción para la investigación de presuntas infracciones, asegurando el derecho de defensa del presunto infractor y demás garantías constitucionales. Queda facultada a promover la coordinación de esta función con los organismos públicos nacionales intervinientes en el ámbito de sus áreas comprendidas por esta ley y con las jurisdicciones que hayan adherido.
Asimismo, puede delegar en las jurisdicciones que hayan adherido la sustanciación de los procedimientos a que den lugar las infracciones previstas y otorgarles su representación en la tramitación de los recursos judiciales que se interpongan contra las sanciones que aplique. Agotada la vía administrativa procederá el recurso en sede judicial directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia en materia contencioso-administrativa con jurisdicción en el lugar del hecho. Los recursos que se interpongan contra la aplicación de las sanciones previstas tendrán efecto devolutivo. Por razones fundadas, tendientes a evitar un gravamen irreparable al interesado o en resguardo de terceros, el recurso podrá concederse con efecto suspensivo.
16. Art. 16.- Invitase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
17. Art. 17.- Deróganse las leyes 24827 y 24953
18. Art. 18.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Es totalmente libre (y deseable) la reproducción del mismo en cualquier medio de acceso gratuito.
Video made by Argentine coeliacs, specially for the May 5th meetings that took place all along Argentina.
You can (hopefully, you'll do) reproduce it by means of any media freely available.
Diciembre 2009
1. Artículo 1°- Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnostico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
2. Art. 2°.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Nación.
3. Art. 3°.- La autoridad de aplicación debe determinar la cantidad de gluten de trigo, de avena, de cebada o de centeno (T.A.C.C.) que contengan por unidad de medida de los productos alimenticios para ser clasificados libres de gluten.
En la medida que las técnicas de detección lo permitan la Autoridad de Aplicación fijará la disminuciòn paulatina de la toxicidad.
4. Art. 4°.- Los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, deben llevar impresos en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, la leyenda “libre de gluten” y el símbolo que establezca la autoridad de aplicación.
5. Art. 5°.- El Ministerio de Salud debe llevar un registro de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, que actualizará en forma bimestral y publicará una vez al año, por los medios que determine la autoridad de aplicación.
6. Art. 6°.- La autoridad de aplicación debe promover el cumplimiento de las condiciones de Buenas Prácticas de Manufactura para la elaboración y el control de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, coordinando acciones con los laboratorios de bromatología.
7. Art. 7º.- Los productores e importadores de productos alimenticios destinados a celíacos deben acreditar para su comercialización en el país la condición de “libre de gluten”, conforme lo dispuesto en el artículo 3º.
8. Art. 8º.- Los productores, importadores o cualquier otra persona física o jurídica que comercialice productos alimenticios que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º, deben difundirlos, publicitarlos o promocionarlos acompañando a la publicidad o difusión la leyenda “libre de gluten”. Si la forma de difusión, publicidad o promoción lo permiten, la leyenda debe ser informada visual y sonoramente.
9. Art. 9º.- Las Obras Sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación , la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación , las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con Celiaquía, que comprende la detección, el diagnostico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libres de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación.
10. Art. 10º.- El Ministerio de Desarrollo Social debe promover acuerdos con las autoridades jurisdiccionales, para la provisión de las harinas y premezclas libres de gluten a todas las personas con Celiaquía que no estén comprendidas en el artículo 9º de la presente ley, conforme lo establezca la reglamentación.
11. Art. 11.- El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y las Universidades integrantes del Sistema Universitario Nacional, debe promover la investigación sobre la Celiaquía, con el objeto de mejorar los métodos para la detección temprana, el diagnóstico, y el tratamiento de la enfermedad. El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, debe desarrollar programas de difusión en los ámbitos educativos, con el objeto de promover la concientización sobre la Celiaquía y con los organismos públicos nacionales competentes promover medidas de incentivo para el acceso a los alimentos libres de gluten.
12. Art. 12.- El Poder Ejecutivo debe adaptar las disposiciones del Código Alimentario Argentino a lo establecido por la presente ley en el plazo de NOVENTA (90) días de su publicación oficial.
13. Art. 13.- Serán consideradas infracciones a la presente ley las siguientes conductas:
a) La impresión de la leyenda “libre de gluten” en envases o envoltorios de productos alimenticios que no cumplan con lo previsto en el artículo 3º de la presente ley;
b) El incumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufacturas que se establezcan para la elaboración y el control de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º;
c) Cualquier forma de difusión, publicidad o promoción como “libre de gluten”, de productos alimenticios que no cumplan con lo dispuesto en el artículo 3º;
d) La falta de prestación total o parcial de la cobertura asistencial prevista en el artículo 9º , por parte de las entidades allí mencionadas;
e) El ocultamiento o la negación de la información que requiera la autoridad de aplicación en su función de control;
f) Las acciones u omisiones a cualquiera de las obligaciones establecidas, cometidas en infracción a la presente ley y sus reglamentaciones que no estén mencionadas en los incisos anteriores.
14. Art. 14.- Las infracciones a la presente ley, serán sancionados con:
a) apercibimiento;
b) publicación de la resolución que dispone la sanción en un medio de difusión masivo, conforme lo determine la reglamentación;
c) multa que debe ser actualizada por el Poder Ejecutivo Nacional en forma anual conforme al índice de precios oficial del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos – INDEC –, desde PESOS MIL ($ 1000) a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), susceptible de ser aumentada hasta el décuplo en caso de reincidencia;
d) Suspensión del establecimiento por el término de hasta un (1) año;
e) Clausura del establecimiento de uno (1) a cinco (5) años; y
f) Suspensión de la publicidad hasta su adecuación con lo previsto en la presente ley.
Estas sanciones serán reguladas en forma gradual y acumulativa teniendo en cuenta las circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la infracción, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales, a que hubiere lugar. El producido de las multas se destinará a las campañas de difusión y capacitación establecidas en la presente ley.
15. Art. 15.- La autoridad de aplicación de la presente ley debe establecer el procedimiento administrativo a aplicar en su jurisdicción para la investigación de presuntas infracciones, asegurando el derecho de defensa del presunto infractor y demás garantías constitucionales. Queda facultada a promover la coordinación de esta función con los organismos públicos nacionales intervinientes en el ámbito de sus áreas comprendidas por esta ley y con las jurisdicciones que hayan adherido.
Asimismo, puede delegar en las jurisdicciones que hayan adherido la sustanciación de los procedimientos a que den lugar las infracciones previstas y otorgarles su representación en la tramitación de los recursos judiciales que se interpongan contra las sanciones que aplique. Agotada la vía administrativa procederá el recurso en sede judicial directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia en materia contencioso-administrativa con jurisdicción en el lugar del hecho. Los recursos que se interpongan contra la aplicación de las sanciones previstas tendrán efecto devolutivo. Por razones fundadas, tendientes a evitar un gravamen irreparable al interesado o en resguardo de terceros, el recurso podrá concederse con efecto suspensivo.
16. Art. 16.- Invitase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
17. Art. 17.- Deróganse las leyes 24827 y 24953
18. Art. 18.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
¿Cómo lidiar con un jefe sádico?
Hola gente, celebro este nuevo espacio de materiabiz. Les planteo un problema que me viene aquejando desde hace algunos meses y que seguro que a muchos no les resultará ajeno.
Yo venía trabajando en mi empresa, como de costumbre, sin demasiados problemas, y con buenos resultados, cuando el team leader fue promovido hacia otra área. Y, como reemplazante, nos pusieron uno de esos jefes que bien podemos llamar sádicos.
Qué es un jefe sádico? En mi caso, nos hace trabajar casi sin límite de horarios, se atribuye todos los éxitos y se desliga de cualquier fracaso. Las fechas de las vacaciones las elige él a dedo, sin consideración por las necesidades de cada uno de nosotros. Digo que es sádico, porque no le cuesta nada acceder a esos pedidos, no representa un costo para él ni para la empresa. Parece que lo hace por pura maldad.
Entiendo que es relativamente nuevo en el puesto y que todavía está en la etapa de "marcar el territorio". Aunque para nosotros ir a trabajar se convirtió en una actividad hiper estresante.
Por supuesto, siempre podemos renunciar. Pero la verdad que hemos formado un lindo equipo de trabajo, que trascendió más allá de la oficina, y nos hicimos bastante amigos con mis colegas.
Todo iba fantástico hasta que nos pusieron a este jefe. No estamos demasiado seguros de qué hacer. Y claro que no queremos agitar el avispero sin estar seguros. Porque, como siempre, este jefe sádico está bancado por su superior.
http://www.materiabiz.com/foros/el-consultorio-de-la-empresa-necesito-un-consejo/114-como-lidiar-con-un-jefe-sadico.html
Lucho
jueves, 17 de diciembre de 2009
La Cita Textual de Ricardo Darin
www.criticadigital.com/fotos/neNE_1.jpg
"La crisis de mi pais no es reciente, es añeja, solo que se va reciclando y por acumulacion caemos cada vez en lugares mas profundos, porque la involucion que se produjo en mi pais desde hace 30 años a la fecha, a nivel de cultura y educacion, es lo que estamos pagando hoy. Por ejemplo ser un pais con capacidad de producir alimentos para 300 millones de habitantes y teniendo 30 millones, permitir que haya niños que se mueran de hambre. Esto no es un problema economico"
Ricardo Darin, Actor BBC Mundo 7/9/2006
Cita Textual de Robert Cox
3.bp.blogspot.com/.../s400/periodismo.jpg
"Yo hice y firme dos notas para The Washigton Post dewspues del golpe. En una decia que no era verdad que regia la libertad de expresion en la Argentina y que los diarios habian llegado a un acuerdo con los militares para no publicar determinada informacion"
Robert Cox, director de The Buenos Aires Herald entre 1976y 1979.
Perfil 1/11/2009
miércoles, 16 de diciembre de 2009
El Diario de Ana Frank Fue Censurado
imagenes.tupatrocinio.com/img-bbdd/Diario%20d...
El Hezbola censuro el Diario de Ana Frank en un manual escolar en Berirut.
El movimiento chiita libanes considero que ciertos fragmentos del libro, reproducidos en el manual de estudio de una escuela privada de lengua ingles, "fomentaban el sionismo"
Fuente: Clarin Cultura 8 de noviembre 2009
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Berirut,
Diario de Ana Frank,
El Hezbola
lunes, 14 de diciembre de 2009
jueves, 10 de diciembre de 2009
Con Kirchner, me equivoqué
Marcos Aguinis
www.miscelaneasdecuba.net/media/CumbredePraga...
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Antes del 1º de diciembre de 2003, cuando Néstor Kirchner debía asumir su período constitucional -porque venía ejerciendo la Presidencia que hubiese correspondido a Duhalde, alejado antes de tiempo- cometí un gran error. Publiqué un artículo inspirado en la histórica frase de Martin Luther King "I have a dream" (Yo tengo un sueño).
Mi sueño era grandioso. Esperaba que el día 10 Kirchner pronunciase un discurso magnífico. Diría que en los seis meses previos se había dedicado a construir poder para reintegrarle dignidad a la investidura del presidente y estar en condiciones de empujar el país entero hacia un progreso sostenido. Que de ninguna manera le interesaba el poder por el poder mismo, sino como un instrumento beneficioso para la sociedad. Por eso convocaría a un consenso nacional integrado por las grandes figuras que la Argentina tiene y no aprovecha. No excluiría a sector alguno. Su objetivo era diseñar políticas de Estado que tuvieran una mirada estratégica potente. El consenso permitiría que los proyectos fueran viables y se mantuvieran vigentes a lo largo de sucesivas administraciones, aunque respondieran a distintos colores políticos. No descartaba la alternancia del poder, desde luego, como es norma en las verdaderas democracias.
En su mente -yo esperaba que dijese Néstor Kirchner- figuraban la excelencia en educación, el perfeccionamiento del sistema de salud, levantar viviendas para todos, abrir y mejorar rutas, reconstruir el sistema ferroviario siguiendo el modelo de los países exitosos, conseguir una sólida y confiable seguridad jurídica que atraiga inversiones argentinas y extranjeras para abrir millones de nuevos puestos de trabajo que terminasen con la pobreza, castrar el narcotráfico, sancionar sin clemencia los actos de corrupción y volver a convertir la Argentina en un país movilizado por la pasión y la esperanza.
Pero me equivoqué.
El 10 de diciembre fue ignorado. Ni siquiera se conmemoró un nuevo aniversario del restablecimiento de la democracia. Ni siquiera se le brindó un homenaje mínimo a la institucionalidad que había resucitado en aquel día, allá, por 1983.
El Presidente no se interesaba en el país, sino en su poder y su fortuna. El suplemento Enfoques de LA NACION había publicado antes de las elecciones de 2003 una investigación que ponía la piel de gallina sobre "El feudo del sur". En ese trabajo se efectuaba una descripción minuciosa de la forma autoritaria, demagógica y arbitraria que lo había caracterizado a Néstor Kirchner cuando había sido intendente de Río Gallegos y luego gobernador y otra vez gobernador de Santa Cruz. Su conducta hostil hacia la prensa independiente, su desdén a la oposición, las trabas ejercidas con la justicia y otras yerbas, ponían en evidencia a un individuo que desprecia las instituciones y no se ajusta a otro código que beneficiarse a sí mismo. Yo no podía creer que ese hombre trasladara ese modelo primitivo y reaccionario a todo el país. Que jibarizaría la Argentina entera al formato de una provincia casi desértica como Santa Cruz. Esperaba que el nuevo atalaya y la presión de 40 millones de ciudadanos lo hicieran elegir un camino mejor. Era lo más sensato y lógico.
Pero me equivoqué.
Me equivoqué pese a no haberlo apoyado ni votado. Pero sí haber tenido algunos rayos de expectativa, suficientes para haber redactado aquella columna inspirada en Martin Luther King.
Kirchner demostró que su sueño (si lo tenía) era opuesto al mío. Pero como el poder era suyo, estuvo en condiciones de bajarlo a la realidad. Mi sueño y el de millones de argentinos dejó de ser placentero y se transformó en pesadilla. Néstor consiguió que incluso su esposa, interesada en reivindicar el género femenino, haya degradado a la mujer. Cristina pudo imponerse en las elecciones presidenciales, pero no consigue imponerse ante su marido. En la Argentina se ha tornado demasiado fuerte la impresión lamentable de que el "verdadero" presidente es él y no la mujer electa. Esta mujer se ha reducido a funcionar como un simple vocero atrapada en las redes de la frivolidad y el narcisismo.
En torno a otro 10 de diciembre, cuando oficialmente inicia sus sesiones un Congreso remozado y vemos aparecer en el horizonte el sol del Bicentenario, la mayoría de la sociedad ruega que la pesadilla se convierta en sueño. Y el sueño en una bella realidad. Que los argentinos aprendamos a querernos y, juntos, roturaremos los surcos de un progreso verdadero, sostenido. Y que es posible.
Fuente: La Nacion, Por Marcos Aguinis
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miércoles, 9 de diciembre de 2009
Fue azafata, cree en ovnis y es la reina del periodismo bizarro (anabela ascar)
Conduce “Hechos y protagonistas”, programa del cual surgió la mediática travesti Zulma Lobato. Estuvo una década al frente del noticiero, pero reniega de los formalismos, se tienta en cámara y va al canal acompañada de su mascota, Dominga. Vive con Héctor Ricardo García y dice que su sueño es retirarse a vivir en el campo
Como si fuese una diva, Anabela Ascar recorre los estudios de Crónica TV junto a su perra Dominga. “Cuando conducía el noticiero, muchas veces la tenía en el regazo”, asegura. Ahora la rubia está al frente de Hechos y protagonistas. Invitados como la travesti Zulma Lobato la han convertido en la nueva reina del periodismo bizarro. Es altísima y en su forma de caminar tiene dejos de los ocho años que pasó como azafata en Aerolíneas Argentinas. Dominga la sigue de cerca: son 25 kilos de amor canino. “Ya cumplió 15 años. La encontré en la calle hace ocho, pero tenía cáncer y la iban a sacrificar. Recorrí veterinarios para salvarla y no sabés el amor que me da”, asegura Ascar que no deja de besarla. Se sabe que el amor es ciego pero en su caso, parece carecer también del sentido del olfato. “En el futuro me gustaría tener una granja con animales de consumo pero como mascotas, porque soy vegetariana”, adelanta. Hoy vive con Héctor Ricardo García, el dueño y creador del canal. “Tengo al maestro en casa. Si no aprendía de televisión al lado suyo, es que era de madera”, asegura. Tiene la risa fácil y una soltura que no tenía en los años al frente del noticiero.
—Lo hice por más de diez años y es un trabajo emocionalmente muy duro. Estás en contacto con los dolores todo el tiempo porque no hay una buena. Te toca decir: “Mataron a cuatro, te van a violar mañana y en instantes, las imágenes”
—¿La estresaba?
—Hubo un momento en el que me resultó muy denso. Me dolía el corazón de ver tanto dolor. Al final, sos como un médico y te desapegás.
—Arrancó con una imagen muy seria, pero se permitió ahondar en terrenos polémicos, como fue la columna sobre vida extraterrestre que tuvo durante años.
—En los países desarrollados hay lugares que estudian el fenómeno ovni, también en el Vaticano. Lejos de estar vinculado con el hombrecito verde, el tema tiene que ver con la energía renovable.
—¿Cómo?
—Hay fuentes de energía superiores a las que conocemos y hay quienes dicen que ya estarían desarrolladas en otros lugares. Entonces, ¿por qué no se destapa el tema ovni en el mundo? Porque algunos gobiernos ya saben que hay fuentes de energía renovable, limpia y barata y eso atenta contra su negocio.
—¿No duda de que hay extraterrestres?
—No tengo duda. El universo es inconmensurable y nosotros no podemos ser los únicos. Pero nunca vi ninguno. No sé si me interesaría.
—¿Qué entrevistas le interesan?
—A mí me gusta rescatar lo que otros no muestran.
Hechos y protagonistas es un compendio de personajes inesperados: anónimos que se comunican con la producción y salen al aire para contar sus males: así llegó Zulma Lobato, una travesti de 53 años que se quejaba de la Policía de Villa Ballester y terminó el envío cantando Resistiré a capella. TVR levantó el segmento y empezó el recorrido de Zulma por la televisión de aire. El próximo paso será ShowMatch.
—Al aire, muchas veces te reís de los invitados. ¿Es verdad que de Zulma te hiciste amiga?
—Parece que me río de ella, pero no es así. Zulma está más allá del bien y del mal. Tiene un gran corazón, pero a la gente hay que saberla llevar. Va a estar en lo de Tinelli y me parece genial.
—¿Habla con ella?
—Nos llamamos. Ella estaba deprimida y le regalé CDs con alabanzas cristianas para levantarle el ánimo. Su misión en esta vida es demostrar que, cuando uno se propone algo, no se tiene que fijar en lo que ve, sino en lo que siente. Ella está convencida de que puede ser una artista famosa.
—¿A usted también le interesa la fama?
—Me interesa mientras me da la posibilidad de hacer algo; por ejemplo, encabezar una campaña solidaria a favor de los animales. Si no, no. Yo salgo al aire sin guión y me muestro tal cual soy. Si me va mal, me vuelvo a mi casa.
Fuente: Por Marina Abiuso y Perfil.com
* La periodista logró ver más allá del asustado transexual y descubrió a la vedette y performer.
Anabela Ascar y el hallazgo del año: Zulma Lobato
Pasó poco tiempo desde que la frágil, madura y gangosa travesti Zulma Lobato consiguiera irrumpir en los medios, pero ya es toda una estrella en el universo paralelo del mundo bizarro.
Ahora, Anabela Ascar, la periodista que descubrió al travesti de Villa Ballester y que de alguna manera amadrinó su nacimiento mediático, contó a los medios cómo fue el verdadero destape de “la otra” Lobato.
“El conchero no era de ella, era de un travesti de Quilmes que se la prestó. El levantatetas también era prestado, ¿no viste que le quedaba chico?” interpela Ascar a la revista 7 Días.
Definitivamente sí, se vio. De hecho, las pocas personas que pudieron haber resistido el bizarrísimo debut de Zulma Lobato en la televisión no fueron capaces de guardar el secreto y, YouTube mediante, todos lo vieron.
“Cuando le anuncié que íbamos a presentarla como vedette, ella enloqueció pero no tenía los atuendos”, recuerda Ascar, que recibió a la travesti en el estudio del canal Crónica vestida “con su ropa de señora”.
Pero la aparienca tranquila de Lobato no la engañó: "Si la ve (el cineasta Pedro) Almodóvar la contrata. ¿Sabés lo que tarda en armar una persona así? Esta viene armada", sentenció.
Préstamos mediante, Zulma Lobato se destapó ante las cámaras y a partir de entonces empezó un derrotero mediático que la llevó a otros programas y a otros escándalos más allá del que denunció el día que fue al programa de Ascar, acerca de unos policías que habían matado a su perro.
La periodista del canal Crónica admite que ella debe ser “tan freak” como lo son sus invitados.
¿Seguro que es para tanto?
Fuente: Minutouno.com
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lunes, 7 de diciembre de 2009
El delito no es prioridad en el Congreso
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Este año sólo se debatió el nuevo régimen penal juvenil, aunque no se convirtió en ley; hay iniciativas presentadas, pero no avanzan
La seguridad no figuró este año como prioridad de la agenda parlamentaria. Los legisladores focalizaron su trabajo sobre este tema en un solo proyecto, de por sí polémico: cambiar el régimen de imputabilidad juvenil. Con sanción en el Senado, la norma que establece penas a partir de los 14 años todavía aguarda su ratificación en la Cámara de Diputados. El resto de las iniciativas legislativas quedaron en espera. Y no por falta de propuestas interesantes, como permite observar un repaso de lo hecho en las comisiones de ambas cámaras.
Uno de esos proyectos tipifica la "conducta predelictual". El senador autor de la propuesta argumentó: "En materia de política criminal, la forma de prevenir hechos de violencia en la comisión de delitos comunes es incorporando figuras o tipos penales menores que permitan ampliar los marcos de seguridad a través de controles sobre las personas conocidas como delincuentes habituales por la policía". Por los debates sobre cómo se resuelve la inseguridad que cruzan los partidos políticos, podría presumirse que esta iniciativa partió de una bancada opositora. Sin embargo, este proyecto fue presentado este año por el senador Miguel Angel Pichetto, presidente del bloque del Frente para la Victoria.
Pichetto es la voz del kirchnerismo en la Cámara alta y es el articulador de las leyes relámpago que propone la Casa Rosada. Pero su importante peso dentro de la estructura oficialista no fue suficiente para avanzar con su alternativa sobre la seguridad. Este proyecto sobre conducta predelictual, que sancionaría hasta con un año de prisión a quienes fueran descubiertos con "instrumentos conocidamente destinados a cometer un delito", fue presentado por él en 2003 y en 2005. En todos los casos, perdió estado parlamentario al no ser tratado.
Un funcionario que conoce muy bien el pensamiento oficial sobre la seguridad relató que esa temática pone incómodo a Néstor Kirchner y, en consecuencia, no recibe el impulso que tendría con la bendición del hombre fuerte del Gobierno.
Excarcelaciones, en la mira
El Frente para la Victoria tiene, sin embargo, varios proyectos de ley que estarían alineados con el clamor social por combatir a los delincuentes con mayor firmeza. Diputados oficialistas presentaron en septiembre último una iniciativa para establecer un cerco a las excarcelaciones. La norma propuesta limitaría los casos que podrían gozar de esa libertad anticipada, aumentaría los años de cumplimiento efectivo de las penas y, fundamentalmente, quitaría a los jueces la posibilidad de decidir en soledad sobre las excarcelaciones estableciéndose que los fiscales deberían dar también la aprobación en cada caso.
.Foro: ¿Cómo cree que debería combatirse la inseguridad?
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Esa propuesta para frenar las excarcelaciones que ante reincidencias hacen estallar el malhumor social fue elevada por los diputados Diana Conti y Carlos Kunkel. Se trata de las dos espadas más importantes del kirchnerismo en sus vínculos con la Justicia, los diputados que marcan el ritmo del Consejo de la Magistratura. Conti, Kunkel y Pichetto son tres legisladores con línea directa al ex presidente Kirchner. Pero sus proyectos de seguridad ni siquiera fueron de momento tratados en comisión.
Tampoco se trató un proyecto de ley presentado por Paola Spatola para permitir rápidos juicios para aquellas personas sorprendidas en el momento de cometer un delito. La iniciativa de Spatola determinaría que, a partir de las 48 horas del arresto, podría llegarse a una sentencia judicial. Esta legisladora es mencionada como futura secretaria de Seguridad.
Desde la oposición
La oposición también encuentra trabas en el momento de poner en debate sus propias alternativas para contener la escalada de violencia pública. Francisco De Narváez puso como eje de sus propuestas legislativas al armado de un fondo especial para la seguridad, con reparto de ese dinero proporcionalmente entre las fuerzas federales y provinciales. Su objetivo pasa por establecer un refuerzo en los equipos policiales a partir de asignaciones de partidas extraordinarias. Ni siquiera llegó a tratarse el tema en la respectiva comisión.
Igual suerte corrió el proyecto de De Narváez y de Eugenio Burzaco, inminente jefe de la Policía Metropolitana, sobre el establecimiento de una ley de derribos para las avionetas del narcotráfico, como una forma de desalentar una de las vías principales del ingreso de la droga en la Argentina. Otra vez, esa iniciativa tuvo más debate público que tratamiento legislativo. Antes de ser gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, otro hombre muy cercano a la Casa Rosada, también había puesto a consideración del Congreso, sin éxito, esa posibilidad.
La Coalición Cívica, por su parte, articuló su propuesta de una asignación universal por hijos como parte de una apuesta a la inclusión social para atacar las causas del delito. Como el resto de las bancadas, puso su foco este año en proyectos de ley sobre el cambio del régimen penal de menores, alternativa en la que avanzó desde comienzos de año, al igual que legisladores de la UCR, sus aliados en la última elección.
Patricia Bullrich, diputada de la Coalición Cívica, presentó, sí, planes referidos a la seguridad con propuestas que deberían tomarse desde la conducción ejecutiva, como la figura del policía del barrio, agentes que estarían siempre destinados a la misma cuadra para conocer mejor a los vecinos y anticiparse así a posibles delitos.
Entre las propuestas que llegarán con el nuevo Congreso una ya despertó polémicas: la iniciativa de retomar el servicio militar obligatorio. Esa alternativa será presentada por el salteño Alfredo Olmedo, en la debutante bancada de Salta somos Todos, y promete meterse en la discusión pública, aunque no cuenta con más respaldo legislativo y ni siquiera seduce a los militares, espantados ante esa proposición.
Ideas en la Congreso no faltan, pero se movieron en la periferia de la agenda. En las legislaturas provinciales, en especial en Buenos Aires y en Mendoza, también se analizan cambios de leyes. Mientras los mendocinos debatieron la posible castración voluntaria de violadores, el gobernador Daniel Scioli planteó una serie de medidas para retomar el castigo a contravenciones, delitos menores que pueden ser la preparación de un mayor acto criminal.
Un plan de desarme más profundo
La facilidad de acceso a las armas de fuego es uno de los factores de riesgo principales observado por el sociólogo Gabriel Kessler, que estudia las causas de la violencia y el delito. "En América latina se produce el 40% de los homicidios mundiales cometidos con armas de fuego. Cuando más armas circulan en una sociedad, más probables son los hechos violentos. El plan nacional de entrega voluntaria de armas ha sido valioso, pero de alcance limitado. Debe complementarse con la destrucción de la mayor cantidad de armas posible, el control estricto de las armas legales y la desactivación de los circuitos ilegales de venta", afirmó el especialista.
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Experiencias
Estados Unidos. Uno de los ejemplos más reseñados sobre disminución del delito se apoya en el concepto de "tolerancia cero" experimentado en Nueva York. En esa ciudad, se puso énfasis en la prevención de los crímenes, se multiplicó la presencia de los policías en la calle, se restablecieron los vínculos entre los agentes y la comunidad, y se hizo foco en prevenir contravenciones y delitos menores.
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Gran Bretaña. En Londres se aplicó en los últimos años una receta contra el delito sustentada en dispositivos tecnológicos que ayuden a disuadir a los potenciales criminales. Esa ciudad cuenta con 10.524 cámaras en sus calles, que demandaron un costo de 280 millones de dólares. Si se les suman los sistemas de vigilancia privados, los londinenses son monitoreados por unas 500.000 videocámaras de seguridad.
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Colombia. Medellín eligió iniciativas de inclusión social como forma de disminuir las tasas de los delitos. La recuperación de los espacios públicos, el desarrollo de una economía social para sectores marginados y la reconversión de la policía local en una fuerza confiable fueron algunos de los pasos dados en esa ciudad colombiana, que pasó de 6500 homicidios, en 1991, a 380, en 2007.
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Sudáfrica. En Johannesburgo se aplica el programa de las Naciones Unidas denominado Ciudades Seguras. El diseño de ese plan se basa en "aislar" a los ciudadanos de las áreas consideradas más problemáticas, con el desarrollo de autopistas, shoppings muy vigilados y estacionamientos públicos con gran control policial. También se aplica el concepto de "jefes de manzana" para alertar mediante voluntarios civiles sobre posibles delitos.
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Nueva Zelanda. En Auckland se hizo foco en detener el robo de automóviles, con un programa especial que, en seis meses, logró bajar ese delito en un 30 por ciento. Esa situación se logró con la colocación de sistemas de vigilancia mediante videocámaras. Además, se instrumentó una división policial especializada en delitos cometidos por jóvenes.
Daniel Gallo
LA NACION
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